Rolando Astarita [Blog]

Marxismo & Economía

Economía política de los derivados y la teoría de Bryan y Rafferty (6)

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La parte 5 de la nota, aquí

El programa de los poskeynesianos

 El análisis de Kregel del caso Morgan se complementa con su propuesta de reforma del sistema financiero y bancario. Sostiene que la solución a situaciones como lo ocurrido en el Morgan no es impedir las operaciones de cobertura por parte de los bancos, sino llevar la supervisión y las exigencias de información a un nivel que sea apropiado a la cobertura. Alternativamente, debería anularse la legislación, de 1999, que permitió a los bancos operar en todos los aspectos del mundo de las finanzas, y que por lo tanto hizo necesaria tal macro cobertura vía los derivados.

La propuesta de Kregel es parte de un programa poskeynesiano más amplio de reforma del sistema financiero internacional, que puede leerse en Eatwell y Taylor (2005). Estos autores sostienen que si bien “(e)l sistema financiero líquido y altamente innovador es imprescindible para el crecimiento de las economías modernas”, y “es el combustible que alimenta el motor de las economías modernas”, las finanzas “son un material muy inflamable”, capaz de hacer explotar “el mismo motor que aceitan y alimentan” (p. 229). Recuerdan que el sistema de Bretton Woods había sido muy útil para el mundo, pero se derrumbó “bajo las restricciones impuestas a las tasas de cambio fijas (ibid), y que a partir de la quiebra de BW “la volatilidad y el contagio asociados con el nuevo orden financiero internacional provocaron graves crisis financieras” (p. 230). Dado que la causa de la crisis son “la volatilidad y el contagio”, se trata de establecer formas de regulación macroeconómica –controles de capital y administración de las tasas de cambio- y microeconómica –“regulación prudente de los bancos, las compañías financieras, las compañías de seguros y los mercados financieros en general- (p. 230). Afirman también que a medida que los aspectos más negativos de la liberalización se volvían más pronunciados, los gobiernos comenzaron a intentar recuperar el poder regulador “otrora detentado por las economías nacionales en la era Bretton Woods” (p. 231). De ahí que Eatwell y Taylor parecen apostar por una especie de jurisdicción supranacional: “La idea de jurisdicción supranacional es muy incómoda. No obstante, si queremos que los mercados liberales sobrevivan, habrá que responder al desafío de una u otra manera” (p. 240). Por eso Eatwell y Taylor, como señalan Bryan y Rafferty, sugieren que si se volviera a las regulaciones, actualizadas, de los años 1950 y 1960, y las aplicara una autoridad financiera global, se podrían evitar las crisis (p. 209).

La crítica de Bryan y Rafferty al programa poskeynesiano

En lo esencial, la crítica de Bryan y Rafferty al programa keynesiano de control y regulación de las finanzas –y el dinero- es que, por un lado, se basa en la primacía de las naciones en tanto unidades económicas, y en desconocer la forma en que operan globalmente las finanzas integradas. Escriben:

“… los enfoques keynesianos del dinero, aunque son capaces de reconocer (los) procesos sociales e históricos más amplios, se basan en la primacía ontológica de las naciones como unidades económicas y centros financieros discretos. Esto no excluye la participación en el movimiento global del dinero… sin embargo el dinero y las finanzas son concebidas, invariablemente, en un sistema de relaciones entre sistemas monetarios nacionales discretos. La aspiración keynesiana de fuertes controles estatales sobre el dinero y las finanzas, como un principio central de una estrategia de crecimiento nacional, ha sido recientemente extendida (aclaración: se refieren al texto de Eatwell y Taylor) a la aspiración a controles globales sobre las finanzas internacionales que servirán para reafirmar las capacidades de la moneda estatal en un orden monetario –global- diferente. Aquí hay una sostenida omisión del análisis de la forma de operar de las finanzas globalmente integradas (la manera en que la operatoria de las finanzas ha trascendido el nivel nacional) con el fin de preservar y privilegiar las aspiraciones nacionalistas de crear un mundo (keynesiano) de economías nacionales discretas” (pp. 22-3).

No podemos estar más de acuerdo con esta crítica de Bryan y Rafferty. La cuestión central que parece pasar por alto el keynesianismo es que la internacionalización del capital no es un fenómeno que pudiera haberse evitado con tal o cual política de los gobiernos capitalistas, ya que se trata de un impulso inherente a la naturaleza misma del capital. Es que la condición y el fin del capital es la valorización del valor, y esto implica el impulso a ampliar mercados, a proletarizar mano de obra y a absorber dentro de sí –esto es, dentro de la relación capitalista- todo lo que le es exterior. “La tendencia a crear el mercado mundial está dada directamente en la idea misma del capital. Todo límite se le presenta como una barrera a salvar” (Marx, 1989, t. 1, p. 360). Toda la historia del capitalismo confirma esta idea. Incluso cuando el mercado mundial se fracturó, en los 1930, los desarrollos autárquicos se demostraron, en perspectiva histórica, inviables. No solo el nacionalismo económico agravó la crisis mundial, sino también la necesidad de restablecer las condiciones para la expansión mundial del capital llevó a la guerra. Y desde inicios de los años 1950, la tendencia a la expansión mundial del mercado, y los capitales, fue una constante.

El capital financiero es parte de este proceso. Las finanzas son imprescindibles para la acumulación del capital, y por eso mismo su internacionalización acompañó y fue un vehículo de la internacionalización del capital. Por eso también las finanzas tienden a rebasar todo control y límite. Cuando, por caso, en los años 1960, el gobierno de EEUU intentó limitar las salidas de capitales imponiendo controles a los bancos estadounidenses, estos comenzaron a abrir cuentas de eurodólares y allanaron el camino a la posterior expansión transfronteras. Otro ejemplo es lo ocurrido en los 1990, cuando se impusieron las regulaciones sobre requisitos de capital y los bancos expandieron la “banca en la sombra” mediante la “securitización” (véase, por ejemplo aquí); que se profundizó con la emisión de derivados, los CDS en primer lugar. Y así de seguido. Esto es, la tendencia de los bancos a expandirse a nivel global, e involucrarse en cada vez más áreas del mundo financiero, no puede revertirse de forma duradera en tanto subsistan las relaciones sociales que la sustentan.

En síntesis, las finanzas están sujetas a las leyes del capitalismo. Es una verdad simple, pero que los reformistas keynesianos parecen pasar por alto. Significa, entre otras cosas, que no es la volatilidad del dinero, ni la especulación financiera, las que provocan las crisis estructurales de acumulación (como la de 1974-75, o 2008-9), como parecen creer los poskeynesianos. Por eso las crisis no pueden ser evitadas con controles de los flujos de capital, o de los tipos de cambio; o con regulaciones bancarias. Medidas de ese tipo pueden afectar las formas y los ritmos, pero no alteran la sustancia del asunto.

Una extraña observación de Bryan y Rafferty

Coincidiendo en lo esencial de la crítica al programa poskeynesiano, nos suscita reparos la afirmación de Bryan y Rafferty de que las posibilidades regulación estatal de las finanzas son limitadas porque “(l)as contradicciones de las finanzas internacionales no se encuentran tanto en la propensión a la anarquía (como sugieren los que ponen el énfasis en la especulación y la desregulación) sino en la acentuación de la competencia y los intereses opuestos del trabajo y el capital a escala global” (p. 210).

En este pasaje Bryan y Rafferty establecen una entre la propensión a la anarquía y la competencia que parece artificiosa. Desde el punto de vista marxista la anarquía es inherente al mercado capitalista.  Esto es así porque la sanción de los trabajos privados en tanto trabajos sociales, o sea, en tanto generadores de valor, ocurre ex post, cuando el producto llega al mercado (véase la parte 2 de la nota, pasaje de Marx citado). A su vez, la competencia entre los capitales privados es inherente al mercado. Por lo tanto, no hay mercado sin competencia y sin anarquía. Lo cual remite, una vez más, a la explicación de Hilferding sobre la razón de ser de los derivados.

Consideraciones adicionales

Lo sucedido con el JP Morgan, y el programa poskeynesiano de control, da lugar a algunas otras consideraciones.

En primer lugar, puede observarse que el éxito o fracaso de la protección –pero también había una buena dosis de especulación- del Morgan con los derivados de crédito dependió, en un grado sustancial, de lo que ocurría con las empresas sobre las que el banco compraba o vendía protección. No es el derivado el que explica las quiebras de Kodak o AA, sino al contrario, son las quiebras las que explican la suerte de los derivados. Lo mismo se aplica al caso en que mejoran o empeoran las condiciones crediticias, afectando el valor de los CDS y otros derivados. Todo esto demuestra que las finanzas no pueden elevarse de forma permanente por encima, o por fuera, de las restricciones que impone la generación y realización del valor. Siempre los “fundamentos” últimos de los derivados tienen su anclaje en el mayor o menor éxito que tenga el capital en valorizarse y por lo tanto, sostener la acumulación. Sobre esta cuestión, la divergencia de fondo es con la tesis de la financiarización, que sostiene que desde 1980, aproximadamente, el capital dinero financiero domina al capital productivo.

En segundo término, y vinculado a la observación anterior, es claro que las pérdidas provocadas por la caída de los valores se imponen a los participantes como un hecho objetivo. Como decía Marx, de la misma manera en que a uno se le impone la ley de gravedad cuando se le cae la casa encima. Si bien JP Morgan era el mayor operador en derivados de crédito, a comienzos de 2012 sus traders no podían parar la desvalorización de la cartera; ni podían desprenderse de sus tenencias a precios que evitaran esas pérdidas. Este carácter objetivo de la ley económica no se interrumpe en el ámbito de las finanzas, como muchas veces se piensa en los ámbitos de la izquierda keynesiana, del progresismo y del marxismo “nacional-estatista”.

En tercer lugar, lo sucedido con las regulaciones que deberían haberse aplicado al Morgan también confirma la limitación del programa “aumentar las regulaciones para evitar las crisis financieras”. Es que en 2014 se conoció  que la Reserva Federal, rama Nueva York, había tenido conocimiento, ya desde 2008, que el JP Morgan tomaba posiciones riesgosas en derivados, pero no había hecho nada al respecto (véase http://www.reuters.com/article/us-usa-fed-jpmorgan-idUSKCN0IA1L320141021). Poco antes, en 2012, se había conocido otro “escándalo”: grabaciones secretas, realizadas por Carmen Segarra, funcionaria del Goldman Sachs, sobre acuerdos entre directivos del banco y la FED. Escribía el Financial Times, a raíz de las revelaciones sobre la actitud de las autoridades ante el Morgan: “La FED de Nueva York ya está enfrentando la acusación de que está muy cercana a los bancos después de que se hicieran públicas grabaciones secretas de funcionarios de la Reserva discutiendo, en 2012, un acuerdo con Goldman Sachs” (21/10/2014)

El tema de fondo en todo esto es ¿quién controla? En el sistema capitalista el Estado y sus instituciones –incluyendo el banco central y otros reguladores- no están por fuera de las relaciones capitalistas. Sus acciones se inscriben dentro de los límites que impone la necesidad de las unidades capitalistas de valorizar sus activos y mantener sus ventajas competitivas. Puede haber conflictos y tensiones entre funcionarios del Estado y los directores de empresas, pero nada que ponga en peligro esa necesidad elemental. Más aún, incluso desde el punto de vista del personal a cargo, en las altas esferas de las finanzas, y del establishment económico, los vasos comunicantes, y los pases desde la esfera pública a la privada, y viceversa, son una constante. No se trata de hechos anecdóticos, sino determinados por la misma estructura social y la naturaleza del Estado (incluidos los bancos centrales). Y el mismo criterio debemos aplicar a las regulaciones supranacionales. Estas son aplicadas por los organismos internacionales –Fondo Monetario, BIS, acuerdos del G-20 y otros- que están imbuidos de la lógica del capital. Son parte sustancial de la misma. Es imposible hacer abstracción de estos vínculos orgánicos.

Textos  citados:
Bryan , D. y M. Rafferty, (2006): Capitalism with Derivatives. A Political Economy of  Financial Derivatives, Capital and Class, Palgrave Mcmillan.
Eatwell, J. y L. Taylor (2005): Finanzas globales en riesgo. Un análisis a favor de la regulación internacional, Buenos Aires, Siglo XXI.
Kregel, J. (2013): “More Swimming Lessons from the London Whale”, Levy Economics Institute of Bard College, Public Policy Brief, N° 129.
Marx, K. (1989): Elementos fundamentales para la crítica de la economía política (Grundrisse) 1857-1858, México, Siglo XXI.

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Economía política de los derivados y la teoría de Bryan y Rafferty (6)

Written by rolandoastarita

23/03/2017 a 09:50

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