Rolando Astarita [Blog]

Marxismo & Economía

Economía política de los derivados y la teoría de Bryan y Rafferty (7)

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La parte 6 de la nota, aquí

La teoría de Bryan y Rafferty sobre el derivado como capital y dinero

Si bien Bryan y Rafferty (2006) destacan el rol de los derivados en el manejo del riesgo (y su contrapartida, la especulación), consideran sin embargo que ese análisis es insuficiente y hasta superficial. Es que, en su opinión, la especulación en derivados habría alterado las leyes básicas del marxismo: la ley del valor trabajo no gobernaría más la evolución de los precios, y el derivado se habría convertido en una nueva forma de capital y dinero. La razón última sería la forma en que los derivados vinculan a los mercados: “La importancia más profunda de los derivados es la forma en que vinculan mercados: lo que hemos llamado el proceso de mezcla” (o fusión, blending en el original, p. 51). En otras palabras, mezclan atributos de diferentes activos, otorgando a estos últimos características genéricas; por lo cual los derivados pasan a ser tanto dinero como capital (p. 61).

Por otra parte, afirman que “(l)os mercados de derivados se convirtieron cada vez más en sitios de determinación de los precios” (p. 63). Si bien la redacción es oscura, Bryan y Rafferty parecen negar que los valores de los activos tengan un fundamento material (véase p. 37). Sostienen que los derivados, por su naturaleza, son reflejo de otros activos cuyos valores son “disputables” (contestable, p. 37). “Los derivados son portadores de disputabilidad”, afirman. La razón es que constituyen la forma en que “el mercado juzga o percibe el valor fundamental” (p. 37). Aquí parecen querer decir que los derivados son expresión del valor, pero la redacción es desesperadamente oscura. Sin embargo, en el capítulo 4 la idea se aclara cuando afirman que los derivados expresan la valorización del capital:

“Los derivados han llevado la lógica del capital más allá de la línea de fondo (las tasas anuales de ganancia) y hacia los detalles de cada fase de la producción y la distribución, porque permiten a la corporación en tanto entidad legal verificar continuamente el valor de mercado de las ‘piezas’ que componen su capital” (p. 96). (…) “Con los derivados, la capacidad de conmensurar el valor de los activos de capital dentro y entre las empresas en cualquier momento se ha añadido a la capacidad a la medida del desempeño del capital junto y tal vez por encima de la capacidad de producir plusvalía a través del tiempo” (p. 97). Lo cual encaja con la idea de que los derivados son una nueva forma de dinero (esto es, de encarnación del valor).

En línea con lo anterior, afirman que en oposición a la teoría que considera que los precios de los derivados derivan del mercado de contado o cash de las mercancías, los precios actualmente se forman en los mercados de derivados y de allí se imponen en los mercados de contado (véase p. 63). De la misma forma, los precios de las acciones estarían determinados por la especulación en opciones y futuros. Todo apunta entonces a la idea de que los derivados gobiernan los precios; estos ya no serían la expresión de los valores de las mercancías, o del capital en proceso de valorización. Por lo tanto el valor actualmente no tendría un fundamento material (remitimos de nuevo a la p. 37).

A su vez, dado que los derivados forman los precios, los administradores financieros de las corporaciones y los bancos que monitorean los activos corporativos pasaron a ocupar el centro del proceso competitivo de acumulación del capital (véase p. 63). Pero además, el derivado se habría convertido en “meta capital”: es que su poseedor, siempre según Bryan y Rafferty, no tiene el derecho de propiedad del capital, pero posee los derechos de propiedad asociados a los atributos del capital (véase p. 68). Por eso un derivado en acciones de una empresa, por caso, implicaría una forma de propiedad. Y agregan que con los derivados de acciones es posible comerciar y participar en la rentabilidad de la empresa sin poseer realmente la acción (p. 69).

En base a lo anterior, afirman que “los derivados financieros han transformado el rol del capital como propiedad y como relación social y fusionado las categorías de propiedad y finanzas. Al hacerlo, están ayudando a romper las distinciones de todas las formas particulares de capital y traen al primer plano las características que comparten todas las formas de capital dentro del capitalismo: las relaciones sociales de competencia” (pp.70-71). Dado que los derivados habrían fusionado la deuda con las acciones (equity), “aparece un desafío para el concepto de capital, ya que no podemos seguir suponiendo un vínculo directo entre capital y propiedad” (p. 71; énfasis agregado). Lo cual lleva a la idea de que con los derivados no son solo los propietarios o los directores de empresas los que gobiernan la asignación y locación de capital, sino también los participantes en los mercados financieros, tales como los traders en derivados, el staff financiero de las empresas y las compañías financieras (bancos internacionales, fondos de pensión, etcétera) hacen valer la lógica del capital (p. 75). “Son estos agentes de conmesuración (commensuration) lo que también están gobernando la asignación y re-asignación de capital” (ibid). En conclusión, los derivados serían “una forma dominante del capital” y “una forma generalizada de propiedad del capital desde los 1980” (p. 90).

Por último, sostienen que los derivados son una forma de dinero mercancía: “… vemos a los derivados financieros como una forma de dinero mercancía global. El argumento es que las monedas nacionales –el dólar, euro u otras- no pueden cumplir al mismo tiempo la función de ser moneda doméstica, sometida a las políticas monetarias de los gobiernos, y llenar los requisitos para que haya estabilidad monetaria global. Por eso los derivados financieros hoy proveerían lo que no podía proveer el proceso de cambio puro (véase p. 106). Así, “reemplazaron al oro como ancla del sistema financiero” (p. 124). Agregan:

“El problema central del sistema financiero global es la conmesuración (commensuration): ¿cómo, en ausencia de una unidad de valor global como el oro y estabilidad de los precios relativos puede una forma de capital ser cambiada por otra (por todas las otras) a una tasa que es predecible y sostenible? (…) el proceso de conmesuración, en el cual se construye la continuidad espacial y temporal en el valor medido del capital, es la razón de ser de los derivados financieros modernos. Los precios son anclados a través de la red de derivados financieros” (p. 131). En otros términos, tienden un puente entre las monedas nacionales, las que son variables y diferentes, ya que ofrecen un seguro de conversión (véase p. 141). Lo cual sería decisivo para que exista confianza en la moneda, y esta confianza es una base del sistema monetario. En consecuencia, en tanto los derivados pueden no ser mercancías en el sentido usual del término, son un tipo de mercancía (una meta-mercancía, si se quiere) que es producida para cumplir explícitamente funciones monetarias” (p. 139). También: “… lo que distingue a los derivados como una forma de dinero-como-relación social es que por naturaleza son la corporación del cálculo competitivo: son dinero que refleja la capacidad de las corporaciones para el cálculo global del valor de todos sus activos discretos y pasivos” (p. 143).

Sin embargo, sostienen Bryan y Rafferty, “los derivados no mueven a los precios a un equilibrio estable” (p. 131). La razón sería que no son un medio alternativo para establecer los “fundamentals” de la paridad de compra global o de la paridad de intereses. “En realidad, son predicados sobre la noción de que no existen fundamentals – todos los valores de los activos tienen determinaciones temporales y espaciales particulares, y los precios siempre están cambiando, y de maneras no sistemáticas” (ibid).

¿Los futuros determinan los precios?

Hemos visto que Bryan y Rafferty sostienen que los precios de los commodities se forman en los mercados de derivados, y que los derivados determinan el precio de contado. Esto es, según este enfoque el derivado no sería propiamente un derivado, sino el fundamento del precio del commodity; y este último pasaría a ser propiamente el derivado. La ley del valor trabajo, fundamento último que rige los precios de las mercancías –según el enfoque marxista- es desplazada entonces del centro de la explicación de los precios. Desaparece así la determinación objetiva de los precios. Estos se establecerían en los mercados de derivados, cortando el vínculo con la producción, en primer lugar, y en segundo término, con las condiciones de la demanda. En este enfoque, la especulación, abstraída de toda ley económica objetiva, pasa a tener el puesto de privilegio. La consecuencia de este giro es que los movimientos de los precios pasan a depender del capricho y lo aleatorio. Así, si se pregunta por qué subieron vertiginosamente los precios de los commodities desde 2003 hasta 2008, la respuesta será “porque los especuladores ganaban jugando al alza”. ¿Y por qué bajaron desde la crisis? Pues porque ahora los especuladores “jugaban a la baja”.

Sin embargo, los estudios empíricos no encuentran evidencia de que la suba de los precios se haya debido a la pura especulación financiera en derivados (distinto es el caso si la especulación comporta la acumulación de inventarios; pero en los 2000 no hubo aumento de inventarios en la mayoría de los commodities). En una nota anterior escribíamos:

“UNCTAD (2009), que atribuye incidencia a la actividad especulativa en el aumento de los precios, reconoce sin embargo que no encuentra pruebas claras de que haya habido una relación causal entre el incremento de la actividad financiera y el alza de los precios. Se encuentra correlación entre ambos fenómenos, pero correlación no es sinónimo de causalidad. Mayer (2009) piensa que los grandes inversores pueden haber afectado a los precios en el corto plazo, a partir de 2006, porque sólo compran futuros, a diferencia de los especuladores tradicionales, que toman posiciones de compras y ventas de futuros. Sin embargo, también reconoce que la incidencia no puede ser de mediano o largo plazo. En este respecto, constata que hay poca correlación entre posiciones financieras y cambios de precios para períodos extensos no solo en soja, maíz, trigo y aceite de soja, sino también en oro, gas natural, petróleo y cobre. Gilbert (2008), por su parte, anota que la especulación generó mayor correlación entre los mercados, debido a que se compraron índices indiscriminadamente, y esto ayudó a formar la burbuja. Pero tampoco encuentra pruebas de que los inversores financieros generaran el alza de los precios en lo fundamental; más bien los inversores siguieron una tendencia y la profundizaron, en especial en el período de febrero a mayo de 2008. En este respecto, es significativo que la entrada masiva de fondos especulativos al mercado de futuros de alimentos se produjo a partir de 2005, cuando el alza de precios ya estaba en marcha desde 2001. El índice de precios de cereales (incluye arroz) de la FAO aumentó de 86,5 en 2001 a 103,5 en 2005 para subir a 166,9 en 2007 y a 237,8 en 2008” (ver aquí).

Otro ejemplo, esta vez más reciente: entre noviembre de 2007 y agosto de 2008 el petróleo subió hasta casi los US$150 el barril. Muchos sostuvieron entonces que la suba se debía a la entrada de grandes especuladores. La visión opuesta –que compartimos- dijo que la entrada de los fondos especulativos obedecía al movimiento alcista del precio del petróleo, y no al revés. El hecho es que, como hemos señalado más arriba, la combinación de la crisis –y el posterior crecimiento débil de la economía mundial- y el aumento de la producción, terminaron provocando la fuerte baja de los precios del petróleo, sin que los fondos especulativos pudieran hacer nada para sostenerlos. Por otra parte, entre fines de 2016 y marzo de 2017 tenemos otro test para la tesis “la especulación decide los precios”. Cuando la OPEP anunció, en noviembre de 2016, recortes en la producción, fondos especulativos compraron una gigantesca cantidad de contratos de futuro, apostando al alza (véase Lee, 2017). Sin embargo, en los meses que siguieron el precio del barril bajó (al 23 de marzo de 2017 era un 12% menor que a fines de 2016). La causa principal de la caída del precio del barril fueron los informes de que las reservas de EEUU estaban a niveles récord y que los productores estadounidenses están incrementando la producción (y aplican técnicas de perforación menos costosas), contraponiéndose al esfuerzo de la OPEP de recortar la oferta para sostener los precios. Como resultado, los fondos de cobertura y otros especuladores liquidaron posiciones en futuros. Una consecuencia de la caída del precio de contado. Es difícil encajar estos hechos con la tesis de Bryan y Rafferty.

Por otra parte, la evidencia indica que normalmente los precios de los futuros tienden, a medida que se acerca la fecha de vencimiento, a los precios de contado. Y estos son influenciados, en lo esencial, por las noticias sobre las condiciones de producción, demanda e inventarios, principalmente. Así, un informe del Departamento de Agricultura sobre sequía en tal o cual región productora de grano, o aumento de inventario, o caída de la demanda de tal o cual comprador significativo repercute en los precios spot, con su casi inevitable repercusión en los futuros. Más aún, si al acercarse la fecha de liquidación del futuro este último, por ejemplo, está más elevado que el spot, aumentará la venta de futuros para comprar más barato al contado.

Incidencia secundaria

Dicho esto, es real que en determinadas coyunturas ambos precios –contado y futuro- pueden divergir a la hora del vencimiento. Como explicamos en la nota citada, esto es lo que habría ocurrido en los años 2000 de mayor presión alcista de los precios de los commodities. Recordemos que hasta 2008 muchos fondos de inversión y grandes especuladores invirtieron en derivados basados en materias primas, con la convicción de que constituían una protección segura contra la inflación. Entre inicios de 2000 y junio de 2008 los flujos de inversión en estos mercados de derivados ascendieron a unos US$ 200.000 millones. Dada la creciente demanda de bienes, y una oferta que no seguía la demanda, subieron los precios de los activos subyacentes, y también los futuros y opciones asociados a esos activos. La especulación en todo esto no parece haber jugado un rol importante, como lo evidencia el hecho de que no hubo un crecimiento importante de stocks.

Sin embargo, la afluencia de fondos especulativos habría generado algunas importantes distorsiones entre los precios de los futuros y los precios de contado. Para entender por qué, recordemos que, normalmente, los inversores especulativos venden los contratos y simultáneamente compran otros, con fechas más alejadas. Por lo tanto, obtienen ganancias si el precio del contrato que venden es superior al precio del contrato que compran; y experimentan pérdidas en caso inverso. Pues bien, en los años de mayor euforia, hubo una creciente demanda de compra de futuros que debían renovarse. Paralelamente los precios de contado divergían de los futuros, lo cual generaba pérdidas para acopiadores y otros participantes. Por caso, en el ejemplo con el que explicamos el futuro (primera parte de la nota), al momento de cancelar su posición el acaparador debía comprar futuro, para luego vender la soja al precio de contado. Sin embargo, si el futuro supera al precio de contado, la operación da pérdida. Por eso, en el período en que los precios de los futuros superaron, al momento del vencimiento del contrato, al precio de contado, los acopiadores comenzaron a experimentar pérdidas. En consecuencia los acopiadores incrementaron los inventarios. Aunque, de todas formas, los almacenamientos se mantuvieron relativamente bajos entre 2007 y 2008 (acerca de este mecanismo, véase US Senate, 2009).

Otras maneras en que la especulación puede afectar a los precios son más directas. Por ejemplo, un aumento, debido a la especulación, de los precios de los futuros, puede llevar a pensar que se trata de un alza debida a cambios en los “fundamentos”, y a que se espere una demanda más robusta a futuro (véase Cheng y Xiong, 2013). Otra forma es si en algunos mercados se producen, por caso, caídas súbitas de los precios, lo que puede obligar a inversores financieros que han tomado posiciones largas en esos mercados, a reducir sus posiciones también en otros mercados (véase ibíd.).

Estos fenómenos existen, y deben tenerse en cuenta. Pero de aquí hay un paso muy grande a sostener que la especulación en los derivados pasó a determinar los precios de contado. Como vimos, la divergencia entre los precios de futuros y los precios de contado, al momento del vencimiento del contrato, es insostenible en el tiempo. Y el futuro, o la opción, no pueden determinar la dirección básica de la mercancía (que es la que encierra tiempo de trabajo social). Volveremos más abajo sobre esta importante cuestión: la eliminación de los precios de producción como los “centros de gravedad” en torno a los cuales giran los precios de mercado –y por lo tanto, los derivados financieros- elimina toda posibilidad de comprensión y crítica científica del capitalismo.

Textos citados:
Bryan, D. y M. Rafferty (206): Capitalism with Derivatives. A Political Economy of Financial Derivatives, Capital and Class, Palgrave, Macmillan.
Cheng, I.H. y W. Xiong, (2013): “The Financialization of Commodity Markets”, NBER, Working Paper, noviembre.
Gilbert, C. L. (2008): “How to Understand High Food Prices”, Università degli Studi di Trento, Dipartamento di Economía, Discussion Paper Nº 23, noviembre.
Lee, J.:  “It’s Not Record Oil Speculation That’ll Drive Prices”, Bloomberg 19/02/2017.
Mayer, J. (2009): “The Growing Interdependence between Financial and Commodity Markets”, UNCTAD, Discussion Paper Nº 195, octubre.
UNCTAD, (2009): Trade and Development Report, 2009.
US Senate (2009): “Excessive Speculation in the Wheat Market”, Permanent Subcommittee on Investigations.

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Economía política de los derivados y la teoría de Bryan y Rafferty (7)

 

Written by rolandoastarita

29/03/2017 a 10:13

3 respuestas

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  1. Estimado Astarita,

    Me parece muy acertada la crítica que hace del malabarismo teórico de Bryan y Rafferty, consistente en postular que los precios de las mercancías ya no están determinados por sus valores, y por sus precios de producción en segunda instancia, sino por una nueva realidad que supondrían los derivados _de paso aprovecho para agradecerle el hecho de que nos dé a conocer estos autores y sus tesis_. Esta teoría viene a suponer que el capitalismo ha dado un salto de modo que ha generado una nueva realidad, esencialmente diferente, donde la ley del valor no funciona; ya no habría capitalismo, en última instancia. El trasfondo esencial de esta tesis económica es la tesis político-ideológica reformista, presente en gran parte de la izquierda actual, según la cual los problemas del capitalismo actual no residirían en el propio capitalismo, sino en una supuesta excrecencia del mismo, que sería el capital financiero, o el mercado de los derivados, el «neoliberalismo», etc.

    Compartiendo estos presupuestos, creo sin embargo que no se puede caer en el extremo contrario _usted, me consta, no lo hace_ de negar la importancia del llamado grosso modo «capital financiero», entendido no como una categoría «tras-capitalista», sino del propio capitalismo, de su propia estructura, y como una realidad capitalista que además, desde la crisis de los 70, ha cobrado presencia e importancia en el capitalismo. El marxismo creo que es aquí también, como dice G. Lukács, un tertium datur.

    Voy con todo a una cuestión más concreta: la naturaleza de los derivados como capital y capital-dinero, o no. A mi juicio sí son una forma de capital y capital-dinero, pero solo en circunstancias muy concretas, y un capital y capital-dinero ficticio, que por lo tanto depende en última instancia del capital-dinero real, y del valor real existente. Voy a intentar exponer mis argumentos _más que una exposición es un tanteo_ de la forma más cuidadosa posible, y solicitando su opinión al respecto.

    Marx considera que el capital es valor que se valoriza, que se reproduce de forma ampliada. Este capital se da en forma de dinero alejado de la circulación, capital-dinero, y después invertido en la producción, que es donde el capital-dinero se activa realmente como capital. Ahora bien, Marx también entiende como capital aquel capital-dinero que se valoriza sin necesidad de pasar, directamente, por el proceso de producción: los depósitos bancarios, los bonos del tesoro y las acciones. El interés obtenido, en los dos primeros casos, o los dividendos, en el tercer caso, supondría la «valorización» de esta forma de capital-dinero. Lógicamente, detrás de está valorización, está la valorización real, la plusvalía social, de la que son una parte.

    El capital-dinero es ya en un valor autonomizado, que adquiere idiosincrasia propia al margen de la circulación. Pues bien, el capital-dinero como depósito, bono del estado o acción, supondría una segunda autonomización de dicho capital-dinero, desvinculado ahora de forma inmediata también de la producción _de forma mediata no, pues están detrás la producción y la valorización real, como hemos dicho_. Ello es así hasta el punto de que Marx habla de alguna manera de un capital-dinero doble, el capital-dinero real, y el capital-dinero en forma de bonos, depósitos, o acción, y considera que el segundo sería capital ficticio, una duplicación del capital-dinero real _en mis términos, se ha multiplicado el capital-dinero empírico-concreto, pero no el capital-dinero abstracto-concreto, como valor_.

    Esta autonomización del componente empírico-concreto del capital-dinero hace a su vez que el mismo se pueda convertir en mercancía, venderse y comprarse, aproximadamente por el valor real que representan, pero que no encarnan; tal es el caso de los bonos y de las acciones, pero también de los depósitos, como divisas. Estaríamos así también, emulando la terminología de Marx, ante «valores de cambio ficticios», que representan valor, pero que no son valor, que no encarnan valor. En el proceso de venta estos productos pueden aportar un beneficio extra _o una pérdida_ a su propietario respecto al momento de compra. Este beneficio extra se correspondería, en una situación de mercado normal_ no especulativo_ a un aumento de la cantidad del valor real de los activos que representan estas mercancías _por aumento de la productividad general en un país o zona económica, o en la rama concernida_, lo que supone un aumento también de sus precios de producción, o a un aumento de sus precios de producción sin aumento del valor, esto es, por una transferencia de valor de unas ramas a otras, o a un aumento de precios comerciales sin cambio en el valor, por oferta y demanda, lo que supone también transferencia de valor.

    Ahora bien, la especulación supondría un cambio cualitativo en la naturaleza de este capital-dinero empírico-concreto: divisas, bonos, acciones. La especulación supone nuevos elementos cuantitativos y cualitativos en la circulación: una compra y venta de forma masiva, con vistas a un beneficio inmediato y directo, esto es, sin la mediación de la producción, y jugando con el factor tiempo, que favorece los altibajos en los valores y precios de los activos que representan estos valores de cambio ficticios. Ciertamente también se puede dar la compra-venta especulativa en otros bienes, materias primas, etc., pero se da en menor grado debido a la propia naturaleza material, perecedera, de estas mercancías, lo que impide jugar en ese caso con el factor tiempo y sus altibajos, esenciales para la especulación. La especulación no es por lo demás nada ajeno al capitalismo, sino un elemento estructural del mismo, como sistema cuya esencia es obtener el máximo beneficio posible, fenómeno que se exacerba en periodos de caída de beneficios.

    Pues bien, la diferencia cualitativa que incorporaría la especulación es que, en la compra-venta, el «valor» de estos valores de cambio/mercancías ficticios ya no se corresponde siempre, o no solo, con el valor real que representan. Es decir, en la especulación con estos valores de cambio/mercancías ficticios se puede dar también un beneficio extra sin aumento ni del valor real ni de los precios de sus activos, sino fruto del aumento nominal del «valor» de dichos valores de cambio ficticios, lo que a su vez es consecuencia de la misma vorágine que supone la especulación, del aumento de la demanda de dichos productos que supone. Estas valores de cambio/mercancías ficticios generarían en consecuencia un beneficio ficticio, en el sentido del capital social _aunque beneficio real para los capitalistas-propietarios concretos_. De esta manera, en el proceso de compra-venta especulativo, estos valores de cambio ficticio se convierten en capital ficticio doblemente: por representar, y no encarnar, valor real, y por generar un «valor» nominal, ficticio. Por eso R. Carcanholo hablaba de capital ficticio I y capital ficticio II, a mi juicio de forma acertada. Por lo demás el carácter ficticio, nominal, de este capital, de este beneficio y de estos valores de cambio/mercancías, se revela en que son el primer capital, beneficio y valores de cambio/mercancías que se desvalorizan, o que se pierden como «valor», en un periodo de crisis. Pero por otro lado son formas de capital, pues se valorizan, generan valor nuevo, aunque sea ficticio.

    Pues bien, a mi juicio podríamos entender en gran parte la naturaleza de los derivados en el capitalismo a partir de la naturaleza de las formas empírico-concretas de capital-dinero _lo que explicaría de alguna manera el término por otro lado confuso de «capital financiero»_. En primer lugar, los derivados, siguiendo su análisis, son acuerdos entre capitales sobre operaciones económicas entre ambos, operaciones de cumplimiento futuro o duraderas en un cierto tiempo. Dichos acuerdos consistirían o bien en «seguros», garantías, que compra un capital a otro, sobre la compra/venta de una mercancía a un valor/precio determinado en un futuro, o sobre el pago de un interés determinado durante un tiempo, o sobre la cobertura del pago de los intereses durante un tiempo, o bien en acuerdos entre capitales, con cumplimiento también diferido, que en principio benefician a ambos, pues disminuyen sus costos de producción. Ahora bien, estos «acuerdos» se introducen también en el mercado y se compran y venden como mercancías. No tienen valor, sino que representan un valor, según lo establecido en los acuerdos, respecto a compra-ventas, intereses, etc., esto es, los beneficios esperables del «activo subyacente», si no me equivoco en la terminología. Es decir, estaríamos de nuevo ante valores de cambios/mercancías ficticios, que no encarnan valor alguno, sino que solo lo representan. Asimismo, en un proceso de compra-venta normal, no especulativa, estos valores de cambio pueden aportar unos beneficios extra, o pérdidas, en el momento de venta, por las mismas razones expuestas arriba respecto a la compra-venta normal de divisas, bonos o acciones. Por último, estos valores de cambio/mercancías son objeto de especulación _y serían especialmente propicios para la especulación, por los lapsos temporales que transcurre entre el acuerdo y su cumplimiento, al menos el cumplimiento definitivo_. En ese caso, como arriba, su precio tampoco depende solo, o no solamente, del valor real y del precio comercial de los activos subyacentes _de los beneficios esperables a raíz de ellos_ sino que se puede dar un aumento nominal de su «valor», fruto ello a su vez de la vorágine especulativa. En definitiva, como ocurre con las acciones, bonos y divisas, los derivados supondrían un capital-dinero doblemente ficticio, tanto I como II, y en consecuencia también un capital-dinero altamente inestable, una de las primeras víctimas en el estallido de una crisis. Pero a la postre, quod demostrandum est, serían capital.

    Un saludo

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    Venancio Andreu Baldó

    30/03/2017 at 18:33

    • En lo que sigue de la nota argumento por qué los derivados no son capital ni dinero. Por otra parte, pienso que propiamente es capital ficticio el bono del Estado. Parcialmente puede considerarse capital ficticio las acciones (ocurre cuando el precio sube muy por encima del valor real involucrado en el proceso de producción). En cuanto a un bono emitido por una empresa (caso típico, una obligación negociable), es una forma que adopta el capital dinero a préstamo (y por eso hay que distinguirla del bono del Estado; discuto sobre capital ficticio aquí). No veo cómo un swap de intereses, por ejemplo, pueda asimilarse a estos casos. Menos todavía puedo entender que se diga que un derivado es dinero.

      Me gusta

      rolandoastarita

      31/03/2017 at 09:42

  2. He estado releyendo su texto «Qué es el capital ficticio», así como el texto de R. Carcanholo «Capital ficticio y ganancias ficticias». Muy buenos, necesarios, los dos, para ayudar a aclararnos en este laberinto del capital ficticio, derivados, etc.

    No asimilo, directamente, derivados _categoría que incluye ciertamente productos bastante diferentes, en cuanto a su valor de uso_ con las acciones, o los bonos del Estado. Solo los asimilo en un segundo momento, en la dinámica de la circulación de estos productos. Y tengo mis dudas al respecto, dudas que intento aclarar.

    En un primer momento asimilo los derivados más bien con la propiedad inmobiliaria _tierras_, que usted recoge en ese texto como una forma, en su desarrollo, de capital ficticio. Como la propiedad inmobiliaria, también los derivados son bienes/productos, valores de uso, que se convierten en el mercado en valores de cambio/mercancías, sin incorporar sin embargo, de forma pura, trabajo abstracto alguno, por ende sin incorporar valor. Por eso considero, en uno y otro caso, que son «valores de cambio/mercancías ficticios» que generan un dinero ficticio. Pero en este momento no se puede hablar de capital alguno.

    Las acciones o los bonos del estado por el contrario son ab initio «capital ficticio» _Carcanholo considera que los bonos del estado lo son solo en algunos casos, y usted considera que son las acciones, por el contrario, las que solo en algunos casos son capital ficticio; no me detengo en ello_. Son capital porque es capital-dinero que se valoriza, y es «ficticio» porque, según Carcanholo, «representan una riqueza contada dos veces» y, según usted, de manera similar _en el caso de los bonos del estado, entiendo_, porque el capital existe dos veces, o es contado dos veces.

    Ahora bien, en un segundo momento de la circulación, cuando un producto/mercancía, como una propiedad inmobiliaria, siguiendo con el paralelismo, se titulariza, esto es, queda asociado a un «un título que puede ser comercializado, vendido a terceros, se convierte en el capital ficticio», dice R. Carcanholo, creo que acertadamente _esta comercialización de títulos sería ya per se especulativa, o al menos así lo entiendo de la lectura Carcanholo_. Hablaríamos en este caso de «capital» porque estaríamos ante productos que se valorizan, y de capital «ficticio», ahora en un segundo sentido, porque la comercialización-especulación «eleva el valor de mercado de cualquier tipo de activo (sea real o fiduciario)», según Carcanholo, o porque «la acción supera al valor del capital real», si se da el caso, como dice usted; coincidirían ambos en definitiva en que se da capital ficticio cuando los títulos se cotizan a más valor del valor real que les subyace.

    Tanto usted como Carcanholo niegan que los derivados puedan ser capital ficticio en este segundo sentido, como titularizaciones que se pueden cotizar por encima del valor que representan _que lo sean en el primer sentido, de capital contado dos veces, nadie lo afirma; los nocionales de los productos derivados, como afirma usted, es capital real, o «no tiene por qué ser necesariamente capital ficticio». _. Mis preguntas serían: ¿se pueden titularizar, o se titularizan de hecho, los llamados productos derivados, al menos alguno de ellos, como los futuros, opciones, o CDS? Si se titularizan, y por ende se pueden cotizar por encima del valor que representan, ¿por qué no se puede hablar de «capital ficticio»? Carcanholo afirma que estaríamos ante «puras transferencias de valor». Usted _de manera más acertada a mi juicio_, reconoce sin embargo en algunos casos, al menos para la propiedad inmobiliaria titularizada, la posibilidad de capital ficticio: «Por ejemplo, si se trata de papeles inmobiliarios inflados, estaremos ante un típico caso de capital ficticio; pero no siempre será así». ¿Por qué no se puede reconocer también en algunos casos, para los «productos derivados titularizados», cuando estén inflados, su naturaleza de «capital ficticio»?

    Un saludo

    Me gusta

    Venancio Andreu Baldó

    31/03/2017 at 16:17


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