Rolando Astarita [Blog]

Marxismo & Economía

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Salarios en Ricardo y una interpretación equivocada

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Un aspecto de la respuesta de Altamira y Ramal, que no analicé en mi anterior nota, se refiere a la teoría del salario que le atribuyen a David Ricardo. Escriben: “…. Ricardo sostenía que “en virtud del efecto del principio de población sobre el incremento de la humanidad, los salarios más bajos nunca continúan por mucho tiempo por encima de la tasa que la naturaleza y las costumbres demandan para el sostenimiento de los obreros” (Ricardo, Principios…). Para Marx, en cambio, el “elemento histórico o social que entra en el valor del trabajo puede dilatarse o contraerse e incluso extinguirse del todo, de tal modo que sólo quede en pie el límite físico” (énfasis mío).

Esto es, Marx consideraba el “elemento histórico y social” en la determinación del valor de la fuerza de trabajo, en tanto Ricardo pensaría, siempre según esta interpretación, que el “precio natural” del salario se igualaba con la canasta determinada por las necesidades meramente fisiológicas. Por su parte, en un artículo que lleva como título “Algo más sobre los impuestos al consumo”, en PO 1193, 8/9/11, Pablo Rieznik insiste en la idea: “El economista político clásico, David Ricardo, consideraba que el valor del salario giraba en torno de un «precio natural» fijado por el valor de las mercancías que aseguraban la subsistencia del trabajador”. Luego de referirse a la ley de bronce de los salarios de Lasalle, Rieznik agrega una larga cita de Marx en la cual critica la idea de que los salarios debieran permanecer al nivel del mínimo de subsistencia. Parece entonces que estamos ante una idea “consolidada” en el Partido Obrero, de que en Ricardo los salarios naturales están establecidos al nivel de subsistencia.

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Written by rolandoastarita

10/09/2011 at 12:59

Respuesta a crítica de Altamira y Ramal

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En Prensa Obrera Nº 1192, del 1/09/11, Jorge Altamira y Marcelo Ramal publicaron una nota titulada “La reivindicación contra los impuestos al consumo”, en respuesta a mi nota “El FIT y los impuestos indirectos”, publicada en este blog. La idea que expuse en esa entrada es que la estructura impositiva no determina, en una coyuntura determinada, el valor de la fuerza de trabajo. En su respuesta, Altamira y Ramal sostienen, centralmente, que el cambio de la estructura impositiva afecta a la determinación de la fuerza de trabajo si va acompañada de un programa de transición al socialismo, que incluya la apertura de los libros comerciales de las empresas y el control obrero de la producción. Mi respuesta a la crítica de Altamira y Ramal parte de afirmar que estoy de acuerdo en que un gobierno revolucionario, que aplique un programa de transición al socialismo, puede darle un sentido enteramente progresista al cambio de la estructura impositiva. Pero esto no altera el planteo que hice en la nota criticada por Altamira y Ramal. Allí afirmé que en condiciones “normales” de dominio burgués (esto es, en una situación no revolucionaria), el cambio de la estructura impositiva no modifica la tasa de explotación. Esto es, en tanto la clase obrera no pueda establecer un poder por sobre el poder de la burguesía (es la manera de establecer el control obrero), el cambio de la estructura impositiva no altera nada sustancial.

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Written by rolandoastarita

09/09/2011 at 13:53

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